Situación
Entrenador con récord positivo (cuarto puesto en liga, clasificación a semifinales de copa) recibe una carta de rescisión con causales genéricas referidas a la dirección del plantel. Pocas semanas antes, el propio presidente del club le había agradecido el rendimiento en términos elogiosos por mensajería. Al día siguiente del cese formal, el club designa públicamente como nuevo entrenador a su propio asistente y, antes del fin del preaviso, le quita la vivienda contractual obligándolo a costear su regreso.
Estrategia
- 1Reconstrucción cronológica: reconocimientos elogiosos, datos públicos de rendimiento deportivo, designación pública anticipada del reemplazante.
- 2Cláusula del contrato que exigía notificar por escrito objeciones al servicio dentro de un plazo breve — nunca ejercida por el club.
- 3En la apelación al TAS: defensa frente al intento del club de limitar la condena invocando una cláusula resarcitoria de un mes de salario, sosteniendo que tal cláusula no puede operar como escudo cuando la conducta del club es abusiva y agravada.
Resultado completo
El TAS confirma la ruptura sin justa causa imputable al club, rechaza la limitación contractual pretendida y reconoce el valor residual del contrato, los premios deportivos efectivamente devengados, los gastos de repatriación y un componente indemnizatorio adicional por la conducta agravada.
Claves legales
- «Bajo rendimiento» como causal subjetiva: inválida sin apercibimiento previo ni procedimiento escrito.
- Cláusulas potestativas o de limitación resarcitoria predispuestas son inoponibles frente a una ruptura abusiva.
- Sustitución pública anticipada como evidencia de la decisión adoptada antes del preaviso.