Cómo litigar en el Tribunal Arbitral del Deporte (TAS)
Cómo litigar en el TAS (Tribunal de Arbitraje Deportivo): procedimientos, costos, representación legal y estrategias procesales.

Divisiones del TAS
El Tribunal Arbitral del Deporte (TAS) está compuesto por tres divisiones:
- Arbitraje ordinario: resuelve controversias sometidas al proceso originario.
- Antidopaje: resuelve disputas relacionadas con asuntos de antidopaje en primera instancia o como instancia única.
- Arbitraje de apelaciones: resuelve disputas relacionadas con Federaciones o Asociaciones cuando sus estatutos lo prevean (como ocurre en fútbol, dado que los Estatutos de la FIFA así lo establecen).
Recusación del presidente de división
El presidente de cualquier división puede ser recusado si existen dudas sobre su independencia respecto de una de las partes.
Si prospera la recusación, será reemplazado por su suplente o por el presidente del TAS en caso de que este también sea recusado.
Disposiciones varias
- Estos estatutos se complementan con las Reglas de Procedimiento de arbitraje para la división de Antidopaje del TAS.
- En caso de divergencia entre los textos en inglés o francés, prevalece el francés.
- Se ha autorizado el español como lengua oficial.
- Para modificar las reglas que rigen estos arbitrajes debe recurrirse al ICAS (Consejo Internacional de Arbitraje Deportivo).
Reglas de aplicación
Estas reglas se aplican cuando las partes acuerdan remitir una disputa relacionada con el deporte al TAS (procedimiento ordinario) o cuando se apela una decisión emitida por una Federación o Asociación deportiva que así lo prevea.
Las disputas pueden versar sobre principios deportivos o intereses pecuniarios u otros relacionados con el deporte.
Sede
La sede del TAS y sus paneles se encuentra en Lausana, Suiza.
Puede celebrarse una audiencia en otro lugar si las circunstancias lo ameritan.
Lenguaje
Los idiomas de trabajo del TAS son francés e inglés.
Se incorpora oficialmente el español.
Las partes pueden solicitar que el arbitraje se realice en otro idioma.
Representación y asistencia
Las partes pueden ser representadas por personas de su elección, sin necesidad de que sean abogadas/os.
La parte debe proporcionar una confirmación de dicha representación.
Notificaciones y comunicaciones
Las comunicaciones se envían a la dirección indicada en la solicitud de arbitraje o declaración de apelación.
Toda presentación enviada por fax o correo electrónico debe remitirse también en soporte papel al TAS; sin ello no se inicia la actuación.
Plazos
- Comienzan a partir del día siguiente a la recepción de la notificación por parte del TAS.
- Se cuentan en días corridos.
- Se respetan si se envían antes de la medianoche del domicilio de la parte (o del estudio de su representante).
- Si el vencimiento cae en feriado o día inhábil del lugar de envío, vence al final del primer día hábil posterior.
Independencia
Las/los árbitros deben permanecer imparciales e independientes de las partes.
Provienen de la lista elaborada por el ICAS.
Recusación de árbitras/os
Si la imparcialidad o independencia de las/los árbitros se viera afectada, puede iniciarse un proceso de recusación.
La parte afectada debe presentar un escrito fundado con los motivos.
La Comisión de Recusación resolverá tras oír a la otra parte y al/la árbitro/a.
Medidas preventivas y de conservación
- Antes de solicitarlas ante el TAS deben agotarse los recursos internos de la Federación correspondiente.
- Al presentar la medida se abonan 1000 CHF como adelanto de gastos.
- Quien solicita la medida renuncia a pedirla ante autoridades o tribunales estatales.
- Presentada la medida, el presidente invita a la otra parte a expedirse y luego decide.
- En casos urgentes se puede ordenar inaudita parte, asegurando la posterior audiencia del oponente.
- El procedimiento se anula automáticamente si dentro de 10 días de adoptada la medida no se presenta la solicitud de arbitraje (plazo improrrogable).
Solicitud de arbitraje
Debe presentarse una nota ante la Oficina del TAS que contenga:
- Nombre y dirección completa del/de los demandado(s).
- Breve declaración de hechos y argumentos legales, incluyendo la cuestión a decidir por el TAS.
- Copia del contrato con el acuerdo arbitral o documento que estipule el arbitraje TAS.
- Información sobre número y elección de árbitros; si son tres, el árbitro del reclamante (de la lista TAS).
Se deben abonar 1000 CHF no reembolsables; sin ello, el TAS no procede.
Si faltan requisitos, el Tribunal devuelve el escrito para su corrección; de lo contrario, no procede.
Inicio del arbitraje
Salvo incompetencia manifiesta, el TAS impulsa el arbitraje: corre traslado al demandado, invita a pronunciarse sobre ley aplicable y méritos, y fija plazos para contestar.
Requisitos de la contestación
La respuesta debe contener:
- Una breve declaración de defensa.
- Planteo sobre la competencia del TAS.
- Contrademandas que considere oportunas.
- El demandado puede pedir que el plazo para responder se fije tras el pago del anticipo por el demandante.
El panel decide sobre su propia competencia.
La otra parte puede impugnarla; el panel puede decidir en incidente preliminar o en el laudo.
Formación del panel y número de árbitros
El panel se compone de uno o tres árbitros según el caso.
Las partes pueden acordar el método de nombramiento.
Con tres árbitros, cada parte designa uno y, de mutuo acuerdo, nombran al presidente; si no hay acuerdo, lo nombra el TAS.
Terceros
- El demandado puede solicitar la intervención de un tercero en su respuesta.
- Un tercero que desee participar como parte debe solicitarlo al TAS con fundamentos.
- Las partes podrán opinar al respecto.
Conciliación
Antes de transferir al panel (y luego también), se puede procurar la conciliación en cualquier momento.
Confidencialidad
Los procedimientos son confidenciales.
Las partes, las/los árbitros y el TAS se comprometen a no revelar hechos ni información a terceros.
Procedimiento ante el panel
- Como regla, habrá declaración de reclamo, respuesta y, si es necesario, segunda respuesta.
- Desde allí, no se pueden presentar nuevos reclamos sin consentimiento de la otra parte.
- En las presentaciones escritas deben ofrecerse las pruebas en que se basan.
- Luego, no se admiten nuevas pruebas escritas sin autorización de la otra parte o del panel por circunstancias excepcionales.
- Deben identificarse testigos y resumir su testimonio esperado.
Audiencia
- El presidente del panel fijará la fecha lo antes posible.
- Por regla, se dispone una sola audiencia.
- La audiencia no es pública en general.
- Cada parte asume sus gastos (testigos, traducciones, peritos, etc.).
- Puede realizarse por videoconferencia.
- El panel puede omitir la audiencia si está suficientemente informado.
Procedimiento probatorio ordenado por el panel
- Una parte puede pedir que el panel ordene a la otra presentar documentos bajo su custodia.
- El panel puede solicitar documentación adicional en cualquier momento.
Procedimiento acelerado
Con consentimiento de las partes, el TAS puede acelerar el trámite y dictar instrucciones para ello.
- Si el reclamante no presenta su declaración conforme al código, se considera retirada la solicitud.
- Si el demandado no contesta, el tribunal puede continuar y dictar laudo.
- Si una parte no comparece a audiencia debidamente convocada, el panel puede proseguir y resolver.
Ley aplicable (procedimiento ordinario)
El panel analiza la disputa según las normas elegidas por las partes y, en su ausencia, conforme a la ley suiza.
El laudo se adopta por mayoría o, en su defecto, por el presidente.
El laudo será escrito, fechado y firmado, con breve fundamentación.
El Secretario General del TAS puede realizar observaciones formales.
El panel puede comunicar la parte operativa antes de los fundamentos.
El laudo es exigible desde la notificación de la parte operativa por fax o correo electrónico.
Es definitivo y vinculante para las partes dentro de los 30 días de su notificación por correo.
Apelación
Se puede apelar ante el TAS contra decisiones de federaciones deportivas si sus estatutos lo prevén o si hay acuerdo arbitral específico.
También puede apelarse un laudo del TAS cuando actúa como primera instancia, si la reglamentación de la federación lo contempla.
Contenido de la declaración de apelación
Debe incluir:
- Nombre y dirección completa del/de los demandado(s).
- Copia de la decisión apelada.
- Agravios del apelante.
- Nominación del árbitro de la lista TAS (salvo que se pida juez único).
- En su caso, solicitud de suspensión de la ejecución y fundamentos.
Se abonan 1000 CHF.
Si faltan requisitos, el TAS otorga un plazo breve para subsanar; si no se cumple, no procede.
Tiempo límite para la apelación
El plazo es de 21 días desde la recepción de la decisión apelada, salvo que la federación disponga otra fecha.
Número de árbitros (apelación)
Por regla, la apelación se presenta ante tres árbitros, salvo acuerdo de árbitro único o decisión del presidente de la división.
Resumen de la apelación
Dentro de los 10 días posteriores al vencimiento del plazo para apelar, el apelante debe presentar un breve informe de hechos y argumentos legales con las pruebas que posea.
Iniciación del arbitraje (apelación)
Si no es manifiestamente incompetente, el TAS inicia el arbitraje: notifica al demandado, forma el panel y decide sobre medidas precautorias.
- La oficina del TAS notifica a la entidad que emitió la decisión impugnada.
- A menos que haya juez único, el demandado designa un árbitro dentro de 10 días desde la recepción de la declaración de apelación; si no lo hace, lo nombra el presidente de la división.
- Con tres árbitros, el presidente de la división nombra al presidente del panel.
- Los árbitros de parte quedan confirmados tras la designación por el presidente de la división.
- El Tribunal toma nota de los adelantos de costos.
Respuesta de la demanda (apelación)
Dentro de 21 días de recibir los motivos de la apelación, el demandado debe presentar una respuesta con:
- Declaración de defensa.
- Cualquier defensa de falta de jurisdicción.
- Pruebas en que se basará.
- Testigos y breve resumen de su testimonio (y, de corresponder, las declaraciones).
- Peritos, con área de especialización, y demás medidas probatorias solicitadas.
El panel decide sobre su competencia.
Salvo circunstancias excepcionales, las partes no podrán enmendar argumentos ni aportar nueva prueba.
En cualquier momento, el panel puede procurar la conciliación.
Alcance de la revisión del panel
El panel tiene plena potestad para revisar hechos y derecho y puede emitir una nueva decisión.
Puede decidir no realizar audiencia si está suficientemente informado.
Si una parte, debidamente notificada, no concurre, el panel puede continuar y dictar laudo.
Ley aplicable (apelación)
El panel decide según las regulaciones aplicables y, subsidiariamente, las reglas de derecho elegidas por las partes o, en su ausencia, conforme a la ley del país donde se halla la federación, asociación o deportista.
Decisión (apelación)
Se toma por mayoría o, en su defecto, por el presidente.
Será escrita, fechada y firmada, con breves razones.
Antes de notificarla, se remite al Secretario General del TAS para observaciones.
La parte operativa puede notificarse por fax o email, desde cuando el laudo es exigible.
El laudo es definitivo y vinculante y solo recurrible en circunstancias especiales bajo derecho suizo, dentro de 30 días de su notificación.
Interpretación del laudo
Una parte puede, dentro de 45 días desde la notificación, solicitar aclaración de puntos del laudo.
Costos
- El apelante paga una tasa no reembolsable de 1000 CHF; sin ello, el TAS no procede.
- Para determinar el adelanto, el TAS fija un estimado de costos, asumidos por mitades.
- Si una parte no paga, la otra puede sustituirla.
- Si no se paga el total del anticipo, el TAS terminará el arbitraje.
- Cada parte paga los costos de sus testigos, peritos e intérpretes.
Al final, el TAS determinará el costo final del arbitraje, que incluye:
- Tasa de la Oficina del Tribunal del TAS.
- Costes administrativos (escala TAS).
- Costes y honorarios de árbitros.
- Honorarios del empleado ad hoc (si corresponde, según escala TAS).
- Contribución a gastos del TAS.
- Gastos de testigos, peritos e intérpretes.
Como principio general, el panel reconoce a la parte ganadora sus honorarios legales y otros gastos (testigos, intérpretes, peritos, etc.).
Si el arbitraje termina antes de constituirse el panel, no hay costos.
Las/los árbitros y mediadores del TAS y su personal no son responsables por actos u omisiones relacionados con procedimientos del TAS.
Fondo de Ayuda Legal
Para facilitar el acceso al arbitraje del TAS a personas físicas sin recursos suficientes:
- Se establecen las modalidades de uso y una Comisión de Ayuda Legal.
- Aplica a:
a) Cuestiones de deportes del programa de los Juegos Olímpicos (ver formulario).
b) Procedimientos de las Cámaras Ordinaria, Antidopaje y de Apelación. - El CIAS financia la Ayuda Legal y vela por su sostenibilidad.
- Se rechaza si el TAS es manifiestamente incompetente o la pretensión es frívola o vejatoria.
- No se concede a instituciones, asociaciones, clubes ni otras personas jurídicas.
- La solicitud debe dirigirse por escrito a la Secretaría del TAS, por email u otro medio electrónico, adjuntando el Formulario de Ayuda Legal (disponible en www.tas-cas.org).
- La Comisión motiva brevemente su decisión; se comunica al solicitante y no es recurrible.
- El procedimiento de solicitud es gratuito.
Función del/de la abogado/a “pro bono”
- La Secretaría del TAS elabora una lista de abogadas/os voluntarios (pro bono), competentes en arbitraje internacional y/o derecho del deporte, capacitados en los idiomas oficiales del TAS.
- La lista puede publicarse; se entrega al beneficiario para que elija libremente.
- El beneficiario puede terminar el mandato en cualquier momento; el/la abogado/a pro bono puede ser relevado/a con autorización del presidente del panel o del árbitro único.
- Puede solicitarse un reemplazo.
- El CIAS y el TAS no responden por la actividad o asesoramiento brindado por el/la abogado/a pro bono.
Anexos
- Guía de Ayuda Legal — Legal_Aid_Guidelines_ES_2020.pdf (179 KB). [https://derechosdelfutbol.com/uploads/files/Legal_Aid_Guidelines_ES_2020.pdf]
- Guía de uso del e-filing — CAS Users guide for e-filing (FINAL).pdf (1,38 MB). [https://derechosdelfutbol.com/uploads/files/CAS%20Users%20guide%20for%20e-filing%20(FINAL).pdf]
- Laudo “Barcelona de Guayaquil vs. Marcelo Delgado” — PDF (2,16 MB). [https://derechosdelfutbol.com/uploads/files/laudo%20barceloina%20guayaquil%20%20contra%20marcelo%20delgado.pdf]
¿Te ha resultado útil este artículo?
Tu feedback nos ayuda a crear mejor contenido para la comunidad