En este artículo vas a aprender a sacar el pase libre de un jugador de fútbol, ya sea amateur, profesional o menor de edad
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Lo primero que tenemos que diferenciar es si el jugador es profesional o es amateur.
La libertad de acción tiene una consecuencia práctica y directa: La posibilidad de que el jugador suscriba y registre contrato con cualquier club nacional o extranjero.
Jugadores amateur
El jugador amateur, es aquel que practica el deporte sin ánimo de lucro, o que percibe una cantidad que no le permite tener como principal profesión el fútbol, y desempeña otra actividad profesional para poder vivir.
En este caso, la situación es distinta a la de un jugador profesional, ya que no existe una relación laboral, sin embargo, el club detenta los derechos federativos y por lo tanto, va a intentar retener al jugador y es de uso frecuente que nieguen el pase libre.
La primera acción que podemos realizar es tratar de llegar a un entendimiento amigable con el club, en caso de que esto no sea posible, enviar una carta documento o telegrama o algún documento intimatorio que indique claramente que en 48 o 72 horas imperiosamente se deberá dar la libertad de acción del jugador en cuestión, y que caso contrario, se van a iniciar las acciones legales que correspondan.
En caso de que el jugador de fútbol amateur sea menor, quien solicite el pase libre deberá ser quien ejerza la patria potestad y se puede agregar, en la intimación, que la negatoria a darle la libertad al jugador vulnera además la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, la Constitución Nacional y el pacto internacional de derechos civiles, de tal manera, que la intimación sea clara y el perjuicio ocasionado al menor sea evidente.
Probablemente, el club conteste esa documentación diciendo que esta situación es improcedente, teniendo en cuenta que en general los clubes hacen valer el fichaje (Derecho federativo) como un contrato de adhesión voluntario y obligatorio. Esto hace que el jugador se encuentre sujeto a las reglamentaciones referentes, a registraciones y/o transferencias de jugadores dispuesta por la asociación del fútbol donde juega el deportista amateur.
De allí surge que toda transferencia debería ser realizada por el club, ya que posee legítimamente los derechos federativos. El club dirá que la libre circulación de deportistas se encuentra regida por normas que tienden a la seguridad jurídica, la competencia organizada y el mantenimiento regular de los hechos propiamente deportivos, lo que no se alcanzarían de no mediar reglas que limiten aquella libre circulación y, en consecuencia, hagan impracticable la competencia en igualdad de condiciones.
Como corolario, se puede indicar que los clubes (ya sean asociaciones civiles sin fines de lucro o sociedades anónimas deportivas) son los dueños del derecho federativo de los jugadores de fútbol amateur y pueden ejercer la potestad de otorgar su transferencia o negarla.
Lo más probable es que el club le indique al jugador a dónde quiere realizar el pase a fin de que sea el propio club quien inicie las negociaciones correspondientes, también es probable que en la intimación del club al jugador se invoquen que en caso de que la negociación no la lleve el propio club le inicie al jugador acciones legales en función de la pérdida patrimonial que dicho club podría surgir.
En caso de que el club tome esta posición tan dura, lo que debe hacer el jugador es iniciar una acción de amparo o recurso que tutela los derechos constitucionales del ciudadano, dependiendo de la legislación del país del que se trate.
El amparo cumple una doble función:
De protección al jugador de sus garantías fundamentales
De protección a la propia constitución al garantizar la inviolabilidad de sus preceptos, ya sea por normas generales o por actos de autoridad que vulneran los derechos fundamentales.
Según el derecho procesal de cada país, el amparo puede garantizarse a través de una acción jurisdiccional o a través de un recurso procesal. La ventaja que tiene esta vía es la rapidez en la que se toman las decisiones.
La gran mayoría de los casos en que un jugador menor de edad o un jugador amateur presenta una acción judicial por esta vía, termina obteniendo la libertad de acción. Por lo que, es altamente recomendable de utilizar en caso de que el club se la niegue.
Es decir, la justicia admite una acción de amparo y habilita al jugador amateur a elegir la institución donde desee jugar al fútbol, más allá de la negatoria del club por otorgar la libertad; Ya que esa negativa a la salida del deportista cuando no existe compromiso o contrato de trabajo que lo obliga a permanecer en la misma, constituye un ejercicio irrazonable de la potestad de reglamentar este aspecto del fenómeno asociativo.
En caso del jugador amateur menor de edad, en general la justicia se manifiesta en favor del interés superior del niño, que es una pauta de decisión ante un conflicto de intereses y proporciona un parámetro objetivo que permite resolver los conflictos del niño con los adultos que lo tienen bajo su cuidado.
Jugador profesional
El jugador profesional, es aquella persona que hace del deporte, su medio de vida. Es quien realiza una actividad o disciplina y recibe por ello, una remuneración mediante un contrato.
Las causales de extinción contractual que motivan la libertad de acción del futbolista profesional son:
a) Extinción por vencimiento del plazo: Es una consecuencia lógica y uno de los supuestos que más se presenta. Cuando el contrato del futbolista que es a plazo fijo termina por el paso del tiempo, se genera la libertad de acción del jugador, ya que no está vigente ningún tipo de sistema de prórroga unilateral.
b) Extinción por mutuo acuerdo de las partes: Ello requiere una formalización, antes del plazo contractual y contar con el consentimiento expreso del club y el jugador. Deben cumplirse con las previsiones de la ley del contrato de trabajo del país del que se trate.
c) Libertad de acción por la falta de ofrecimiento de primer contrato al jugador aficionado: Se trata de una situación específica a fin de evitar que los jugadores aficionados permanezcan en tal carácter luego de traspuestos determinados límites de edad.
d) Extinción por incumplimiento de alguna de las partes: más allá de la indemnización correspondiente, que está regulada expresamente por el Reglamento del Estatuto de Transferencia del Jugador de FIFA (RETJ), su generación implica la libertad de acción del futbolista en cuestión. Es decir, cuando hay un incumplimiento contractual grave se producirá la desvinculación y la libertad de acción correspondiente.
e) Ejecución por parte del jugador de la cláusula de ruptura unilateral del contrato con indemnización al club empleador: este pacto tiene ya una larga tradición habiéndose adoptado en la mayoría de los países y es de uso práctico. La ejecución de esta cláusula, que implica el pago de la indemnización pactada, genera la libertad de acción del jugador profesional.